viernes, 9 de agosto de 2013

Concepto de conflicto armado y terrorismo.

¿Terrorismo o conflicto armado?

Por: Renata Bregaglio. Coordinadora académica y de investigaciones del IDEH-PUCP
A partir de una iniciativa de la Municipalidad Metropolitana de Lima en torno a los lugares de la memoria, se ha reavivado el viejo debate en torno a la definición sobre lo ocurrido en nuestro país entre 1980 y 2000. Más allá de lo anecdótico de la situación con el municipio, lo cierto es que existe poca claridad respecto a lo ocurrido en nuestro país en los años de violencia ¿En el Perú hubo terrorismo o conflicto armado? Es más, pareciera haberse creado una suerte de jerarquía entre ambos términos, de forma tal que, ante la pregunta ¿Cuál de estos dos conceptos retrata mejor las atrocidades cometidas en el periodo investigado por la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR)?, la respuesta sin lugar a dudas es “terrorismo”, como si calificar lo vivido en nuestro país como conflicto armado desmereciera la gravedad de los hechos.
La Comisión de la Verdad y Reconciliación, en su Informe Final, selala que:
(…) los hechos examinados — decenas de miles de personas muertas en un contexto de violencia armada y varios otros miles de heridos o mutilados— no pueden explicarse sino por la existencia de un conflicto armado interno regido sin duda alguna por el artículo 3 común precitado.
A lo que la CVR hace referencia es a que los hechos vividos en nuestro país constituyeron un conflicto armado interno (o conflicto armado no internacional – CANI) regulado por el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra sobre Derecho internacional humanitario. Pero ¿qué implica dicha afirmación?
En el Derecho, y concretamente en el Derecho internacional humanitario – DIH (aquella rama orientada a regular el uso de la fuerza en el marco de conflictos armados para atender aspectos de índole humanitaria y limitar los medios y métodos de combate utilizados), se establecen diferentes categorías jurídicas para referirse a situaciones de alteración del orden público. Así según el grado de intensidad de las hostilidades podremos estar ante una tensión interna, un disturbio interior o un conflicto armado.
En los disturbios y tensiones ocurren actos de violencia que sobrepasan la criminalidad diaria pero, por el nivel de las hostilidades y por el nivel de organización de los grupos enfrentados en dichos actos de violencia, no es posible concluir en la existencia de un conflicto armado. Si bien no existe desde el Derecho positivo una definición de conflicto armado, la jurisprudencia internacional se ha encargado de delinear algunos criterios definitorios. Así, el Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia señaló en el caso Tadic que existe conflicto armado cuando:
Se recurre a la fuerza entre Estados o hay una situación de violencia armada prolongada entre autoridades gubernamentales y grupos armados organizados o entre estos grupos dentro de un Estado.
En este sentido, como señala Salmón, podemos concluir que en un conflicto armado concurren al menos los siguientes elementos:
  • Fuerza o violencia armada (elemento definitorio)
  • Prolongación en el tiempo
  • Organización del grupo que participa en el conflicto.
  • La posibilidad de que el conflicto sea entre grupos (sin requerir presencia de fuerzas estatales)
Los conflictos armados no se diferencian entre sí por el grado de violencia. El único criterio para diferenciar conflictos armados es el tipo de sujetos enfrentados. De esta manera, el conflicto armado será internacional, cuando se enfrenten dos o más Estados; o no internacional o interno, cuando se enfrente un grupo armado contra las fuerzas de un Estado o cuando se enfrenten dos o más grupos armados entre sí al interior de un Estado.
Lo que ocurre al interior de un conflicto armado está regulado, como hemos señalado, por el DIH, que se traduce en varias normas. Las principales son los cuatro Convenios de Ginebra y sus tres Protocolos Adicionales. Según el tipo de conflicto armado de que se trate, el Derecho internacional humanitario establecerá diferentes regulaciones o tratados aplicables. En el caso concreto de los conflictos armados no internacionales es posible identificar dos posibles cuerpos normativos aplicables:
  • El artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra: Esta disposición señala que se aplicará a los conflictos armados internos que surjan al interior de un Estado.
  • El Protocolo adicional II a los Convenios de Ginebra: Este tratado señala que se aplicará a los conflictos armados no internacionales y que se desarrollen en el territorio de un Estado entre sus fuerzas armadas y fuerzas armadas disidentes o grupos armados organizados que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre una parte de dicho territorio un control tal que les permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas y aplicar el presente Protocolo.
En nuestro país, como la CVR ha señalado, lo ocurrido fue un conflicto armado interno (o no internacional) del tipo del artículo 3 común, y ello en atención a que no era posible constatar la existencia de todos los elementos que el Protocolo adicional II exige para su aplicación (mando responsable, control territorial, y operaciones militares y sostenidas que le permitan aplicar el Protocolo). En todo caso, al margen de que pueda discutirse si el régimen aplicable al conflicto era el artículo 3 común o el Protocolo adicional II, lo que resulta innegable es que el grado de violencia ocurrido en el Perú no calificaba como criminalidad ordinaria, ni como tensiones internas o disturbios interiores, sino como la mayor expresión de violencia que pueda existir: un conflicto armado.
Ahora bien, el terrorismo es un concepto que ha sido asimilado por el Derecho, pero que no tiene un significado claro o unívoco. Las normas de DIH no califican los conflictos armados según sean o no terrorismo. Es más, la Convención Interamericana contra el terrorismo no establece en ninguno de sus 23 artículos una definición del concepto. Tal vez las únicas referencias normativas de actos de terrorismo sean las recogidas por el DIH, y que están vinculadas al método de combate “causar terror en la población”. Así, el artículo 51.2 del Protocolo Adicional I a los Convenios de Ginebra señala:
No serán objeto de ataque la población civil como tal ni las personas civiles. Quedan prohibidos los actos o amenazas de violencia cuya finalidad principal sea aterrorizar a la población civil.
Por su parte, el artículo 33 del IV Convenio de Ginebra señala:
No se castigará a ninguna persona protegida por infracciones que no haya cometido. Están prohibidos los castigos colectivos, así como toda medida de intimidación o de terrorismo.
En este contexto, el terrorismo está referido, antes que a tipos de conflictividad, a métodos para la comisión de actos violentos que pueden o no darse al interior de un conflicto armado. En esa línea, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha señalado en su Informe sobre Terrorismo del año 2002 que:
(…) el lenguaje del terrorismo se utiliza en una variedad de contextos y con distintos grados de formalidad, para caracterizar:
  • acciones, que incluyen formas de violencia como los secuestros.
  • actores, incluidas personas u organizaciones.
  • causas o luchas, en que la causa o lucha puede estar tan marcada por la violencia terrorista que la hacen indistinguible de ésta, o en que un movimiento puede cometer actos aislados de terrorismo o emprender estrategias terroristas. Es particularmente en este sentido que se ha planteado la falta de acuerdo en torno a una definición integral del terrorismo debido a que ciertos Estados han considerado que lo que con frecuencia se denominan “movimientos de liberación nacional” y sus metodologías deben ser excluidos de toda definición de terrorismo en razón de su asociación con el principio de libre determinación de los pueblos.
  • situaciones en que la violencia terrorista es un problema particularmente grave o difundido en una región, Estado u otra zona.
  • conflictos armados en el sentido, por ejemplo, de la denominada “guerra contra el terrorismo” posterior al 11 de septiembre de 2001.
Prueba de lo afirmado por la CIDH es lo señalado en el tipo penal de terrorismo regulado por el Decreto Ley Nº 25475, referido a los actos de provocar, crear o mantener
un estado de zozobra, alarma o temor en la población o en un sector de ella, realiza actos contra la vida, el cuerpo, la salud, la libertad y seguridad personales o contra el patrimonio, contra la seguridad de los edificios públicos, vías o medios de comunicación o de transporte de cualquier índole, torres de energía o transmisión, instalaciones motrices o cualquier otro bien o servicio, empleando armamentos, materias o artefactos explosivos o cualquier otro medio capaz de causar estragos o grave perturbación de la tranquilidad pública o afectar las relaciones internacionales o la seguridad de la sociedad y del Estado.
Como puede verse, los actos descritos en el artículo antes mencionado escapan a la situación de conflicto armado para referirse a actos concretos que bien podrían (al igual que los actos de tortura), cometerse en el marco de un conflicto armado o fuera de este.
En este sentido, afirmar que nuestro país vivió un conflicto armado interno no resulta falso ni despectivo, como tampoco lo es el afirmar que en dicho conflicto se cometieron actos de terrorismo. Es más, ambos términos no resultan excluyentes. Mientras el primero hace referencia al tipo de conflictividad vivida, el segundo se refiere a los actos de violencia concretos perpetrados. La propia CVR, reconoce la categoría jurídica de conflicto armado interno, para luego señalar en su conclusión 28 que las conductas cometidas por los miembros de Sendero Luminoso
constituyen, a juicio de la CVR, graves infracciones a los Convenios de Ginebra, cuyo respeto era obligatorio para todos los participantes en las hostilidades. La perfidia con la que actuó el PCP-SL en el terreno, escudándose en la población civil, evitando el uso de distintivos y atacando a traición, entre otros métodos similares como el recurso a acciones terroristas, constituyó un calculado mecanismo que buscaba provocar reacciones brutales de las fuerzas del orden contra la población civil, con lo que se incrementaron en una forma extraordinaria los sufrimientos de las comunidades en cuyos territorios se llevaban a cabo las hostilidades.
Intentar generar diferencias valorativas entre ambos conceptos y forzar la adopción de uno y otro término, antes que favorecer al país, contribuye a la distorsión de la memoria colectiva sobre lo ocurrido en el Perú: un conflicto armado interno en el que se cometieron actos terroristas.
Fuente: http://idehpucp.pucp.edu.pe  (Instituto de democracia y derecho humanos).  09 de agosto del 2013.

martes, 13 de septiembre de 2011

Concepto de Anomia. Las sociedades anómicas.

Revueltas en un mundo sin normas

Por: Salvador Aguilar. Profesor de Estructura y Cambio Social en la Universidad de Barcelona.

Protestas como las de los suburbios franceses o las de agosto en Reino Unido son el recurso de grupos populares marginales, carentes de voz institucional, para marcar terreno en la defensa de sus intereses.

La crisis económica global ha desatado un caos. Fenómenos emergentes de conflictividad social muy variada proliferan por todos lados: huelgas generales, nuevos movimientos sociales y políticos, flash mobs y flash robs en Estados Unidos, el 15-M en España y otros indignados en Grecia e Israel, las revueltas árabes y, el pasado agosto, los "disturbios" británicos iniciados en Tottenham que hicieron estallar una crisis social de grandes dimensiones y diagnóstico incierto, algo perceptible en el desconcierto, político, mediático, de opinión pública, con que se abordó su tratamiento. Sin embargo, la ciencia social contemporánea hace tiempo que nos dio las claves adecuadas para captar su naturaleza y nos advirtió sobre los orígenes de "patologías sociales" como las que resurgieron hace pocas semanas en Reino Unido.

Los periódicos mejor orientados titularon esa crisis como "Explosión social" o "La banlieue británica". Exacto: lo que ocurrió en las principales ciudades británicas fue más allá de un saqueo colectivo y, en cambio, se emparentaba con una larga lista de eventos que seguramente encabezan los sucesos franceses de noviembre de 2005 con el levantamiento de los barrios periféricos (las banlieues), que produjo la quema nocturna de 20.000 vehículos y amplios daños. Tanto en ese caso como en el de Reino Unido se trata de una revuelta social, pero de un tipo particular que denominaré "anómica".

Anomia es un término técnico muy querido de algunos grandes científicos sociales para indicar una situación donde la estructura normativa que opera habitualmente, y mantiene relativamente cohesionados a los miembros de una comunidad, queda en suspenso. Anomia indica carencia de normas: los valores considerados poco antes como vigentes y que predisponían a una obligación moral (conformidad) han dejado de funcionar, mientras los valores nuevos que deberían reemplazarlos no están todavía disponibles.

Hay tres razones para considerar estas protestas como anómicas. Emergen en sociedades donde hay una condición de fondo dominante: la alienación individual y la ausencia de cualquier estructura fuerte de cohesión colectiva, algo revelado por la conducta asocial e incluso antisocial de esa minoría en la que se reconoce indirectamente la propia mayoría (al percibir esa fractura en la cohesión colectiva: es esto lo que crea una conciencia ciudadana inmediata de crisis social y fracaso de convivencia para lo que, en otras condiciones, sería meramente pillaje). En segundo lugar, la estructura normativa operativa para la mayoría es percibida como algo ajeno por una minoría (a veces muy amplia) que se considera a sí misma al margen de la sociedad. Finalmente, los protestatarios carecen de reivindicaciones y, por tanto, de propuestas normativas alternativas; los movilizados se manifiestan así como protagonistas de una protesta expresiva que implica rechazo de la forma de vida dominante, pero rechazo inerte: no pretende sustituir nada sino únicamente exhibir afán de destrucción y puesta en cuestión completa del orden. De ahí que no haya ni reivindicaciones, ni liderazgo claro, ni afán de negociar demandas: parece una protesta, en la terminología de Hobsbawm, "prepolítica" y de orientación reaccionaria (el afán de transformar ese mundo que se rechaza está ausente) al estilo de las "turbas" urbanas preindustriales y de los inicios de la industrialización.

Pero, inspeccionadas de cerca, estas revueltas anómicas contemporáneas no parecen prepolíticas. Son el recurso de los grupos populares marginales, carentes de voz política institucional, para marcar terreno en la defensa de sus intereses. Parece una forma poco racional de definir y defender intereses (sin parecido alguno, por ejemplo, con los grupos populares que disponen de sindicatos y partidos), pero se trata de una impresión engañosa: es un formato de protesta colectiva económico (por su espontaneidad, carencia de organización y actores, desactivación rápida, baja visibilidad individual de los protestatarios) en contextos donde la posibilidad de negociar intereses es impensable: si lo que está en cuestión es todo, el margen de negociación es ninguno; y la propia conciencia de grupo tiene un alcance limitado y efímero.

Y esto nos conduce a una segunda observación: en el capitalismo contemporáneo, estas formas de protesta son recurrentes y de frecuencia creciente. Numerosos científicos sociales lo han puesto de relieve, entre ellos el economista político Fred Hirsch en 1976: "El principio del autointerés es incompleto en tanto que instrumento de organización social. Funciona de manera efectiva únicamente en combinación con algún principio social de refuerzo... [En el capitalismo moderno] se ha intentado erigir una organización social crecientemente explícita sin el soporte de una moralidad social, lo que ha dado como resultado una tensión estructural tanto en el mecanismo del mercado como en el mecanismo político diseñado para regularlo y complementarlo". Los saqueadores de Londres no mostraron menos moralidad pública, sino tal vez más, que la exhibida en los cuatro años de crisis por las élites financieras y económicas globales. ¿Por qué razón deberíamos dar más crédito los ciudadanos a unos que a otros? Esto expresa el problema central del capitalismo neoliberal: cómo concitar cohesión social y obligación moral entre los habitantes de un sistema basado estrictamente en el autointerés, la ventaja comparativa, la depredación y la desprotección pública de la mayoría de la población.

Por otro lado, la relación entre la protesta anómica y las leyes de funcionamiento del neoliberalismo fue bien establecida por el sociólogo (liberal-conservador) Ralf Dahrendorf en 2008, uno de los estudiosos de esa cuasi clase social formada por el precariado y las nuevas formas de desempleo y pobreza, a los que denomina infraclase o subclase: "¿Por qué la subclase no arremete y destroza los muebles de la casa que la clase mayoritaria construyó para sí misma? De vez en cuando lo hace", en el estadio Heysel en 1985 o en Brixton en 1981 (antecedente directo del Tottenham de agosto), a los que podríamos añadir localidades españolas bien próximas.

Pero en lo fundamental, los "conflictos no se presentan como líneas de batalla en una guerra revolucionaria, o incluso como una lucha de clases democrática, sino como anomia". Se presentan por tanto como carencia de un contrato social mínimo que predispone al absentismo de cualquier responsabilidad colectiva. Los medios de comunicación más sesgados intentaron hacer creer en agosto que el "nihilismo" y "gamberrismo" de los saqueadores británicos respondía a demasiado Estado del bienestar (malcrianza, inacción de las familias dependientes de subsidios estatales, supuesta pérdida de "valores" de las sociedades postindustriales). Pura e inaudita ideología. La anomia y la protesta pasiva contra todo tienen sus raíces en la estructura social característica del capitalismo neoliberal. ¿Qué se pensaban? Hay pocos precedentes históricos de un sistema de dominación tan cruel y antidemocrático como el instaurado bajo la globalización neoliberal, y los "costes" mínimos que han de afrontar los beneficiarios de tal sistema social hiperdesigual e irresponsable (está arrasando el planeta) son la hostilidad de la izquierda mundial, pero también este otro tipo de protesta política que se manifiesta a primera vista como antipolítica y puramente orientada al pillaje ocasional.

No se puede esperar que estas explosiones anómicas se desvanezcan fácilmente, porque son inherentes al sistema social imperante. Algunos recurrirán al marketing político, harán ver que no pasa nada y hablarán del neoliberalismo como "la sociedad abierta", algo contradicho aparatosamente por los hechos y el examen de cualquier persona con mentalidad independiente, y hablarán de los saqueadores como meros "criminales"; otros intentarán paliar los efectos de las revueltas atacando las condiciones del entorno próximo (mediante ayudas públicas, mejora de la educación y creación de puestos de trabajo superfluos para la subclase), lo cual es encomiable y obligado, pero difícilmente practicable en épocas de crisis; la gente que busca un mundo mejor y acabar con esta expresión bárbara de la anomia deberá asociarse y presionar para escapar del neoliberalismo y atacar las causas por medio de un sistema social diferente y racional, basado en la igualdad, la democracia y el bienestar de la mayoría de la población.

Fuente: Diario El País (España). 12/09/2011.

viernes, 29 de octubre de 2010

Concepto de Justicia: La Justicia conmutativa, distributiva, retributiva y atributiva.

La hora de la izquierda

Por: Sinesio López Jiménez (Sociólogo)

La Cepal acaba de publicar un documento valiente que constituye una severa llamada de atención a todos los gobiernos de AL, especialmente a los gobiernos neoliberales. La hora de la igualdad, brechas por cerrar, caminos por abrir, se llama el documento cepalino que va a levantar, sin duda, grandes debates académicos y políticos. La filosofía política establece una diferencia central entre igualdad y justicia: la primera es neutra mientras la segunda tiene un sentido axiológico. La igualdad no es de por sí un valor, dice Bobbio en un libro especialmente dedicado al tema (Eguaglianza e Liberta, 1995), sino que lo es tan sólo en la medida en que ella es una condición necesaria, aunque no suficiente, del equilibrio interno de la sociedad como un todo.

Bobbio diferencia las situaciones de justicia de la regla de justicia y del criterio de justicia. Las primeras aluden a las esferas de aplicación de la justicia en las que es relevante que haya o no igualdad, dando lugar a la justicia conmutativa (relaciones equitativas entre las partes), a la distributiva (relación armoniosa entre el todo y las partes), a la retributiva (a cada uno se le da según lo que le corresponde) y a la atributiva (a todos por igual). El criterio de justicia (o esferas de la justicia de Walzer) es el establecimiento de un patrón deseable de igualdad en las diversas situaciones en las que ella se aplica: en la familia, es la necesidad; en la escuela, el mérito; en una empresa, las cuotas de acciones. Por regla de justicia se entiende la norma según la cual se deben tratar a los iguales de modo igual y a los desiguales de modo desigual.

Es necesario diferenciar, sin embargo, las igualdades de carácter jurídico de la igualdad de oportunidades. Entre las primeras están la igualdad frente a la ley, la igualdad de derecho, la igualdad en los derechos y la igualdad jurídica. La igualdad frente a la ley es eliminación de toda discriminación no justificada. La igualdad de derecho es la igualdad formal por contraposición a la sustancial. La igualdad de derechos es la igualdad en el goce de derechos fundamentales reconocidos por la Constitución. La igualdad de oportunidades es, en cambio, la igualdad en el punto de partida en una situación en la que compiten personas que son económica y socialmente desiguales. El principio de la igualdad de oportunidades es el fundamento del Estado socialdemócrata mientras la igualdad frente a la ley lo es del Estado liberal. El nuestro ni siquiera es un Estado liberal porque la ley no llega a todo el territorio ni a todas las clases sociales por igual.

Un tema central en el mundo actual es la relación entre igualdad y libertad. Existe entre ellas una tensión que puede transformarse en una contradicción cuando se privilegia uno de los polos en desmedro del otro. Este es el caso de las economías de neoliberalismo extremo que potencian al máximo la libertad y la voracidad individual, pero limitan y bloquean el desarrollo de la igualdad. Según la Cepal, los países latinoamericanos son los más desiguales del mundo. La distancia en AL entre el Quintil 5 y el Quintil 1 es 17 veces mientras ella en el Grupo de los Siete es sólo 7 veces y en USA, 8 veces. La distancia en AL entre el Decil 10 y el Decil 1 es 34 veces, mientras en el Grupo de los Siete es sólo 12 veces y en USA, 16 veces. Lo que pagan los ricos en AL como impuesto a la renta es sólo el 0.9 del PBI mientras los ricos europeos (OCDE) pagan 8.9 del PBI.

Si esta es la hora de la igualdad en AL, como dice la Cepal, entonces (digo yo) esta es también la hora de la izquierda. Si hay algo que caracteriza a la izquierda es la lucha por la igualdad de oportunidades. ¿Existe acaso otra fuerza política que pueda encargarse de esta tarea impostergable? No. Todos los candidatos de la derecha, avalados por García, apoyan al modelo neoliberal extremo que ha reforzado la desigualdad. Ojalá la izquierda esté a la altura de este enorme desafío.

Fuente: Diario La República (Perú). Vie, 29/10/2010.

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Michael Walzer y «Igualdad Compleja»

domingo, 12 de septiembre de 2010

Concepto de “polite” o “polítes”.

Mala educación

Por: Alberto Adrianzén M. (Sociólogo)

En inglés y en francés la palabra “polite” se emplea para designar a una persona cuando es educada, cortés, delicada, amable. También en ambos idiomas existen las palabras “educated” y “instruid” para hacer referencia a personas que han recibido algún tipo de educación escolarizada o formal. En el castellano esta diferencia no existe. Por lo general una persona educada en nuestra lengua, puede ser un individuo instruido (instruid) y cortés (polite) al mismo tiempo. También puede ser instruido y nada cortés o viceversa: nada instruido y sí muy cortés.

Estas diferencias que pueden sonar a una suerte de trabalenguas, son muy útiles para entender el comportamiento de la congresista Martha Hildebrandt, que acaba de renunciar a la Comisión de Educación del Congreso porque la nacionalista Hilaria Supa, de origen quechuahablante, es su actual presidenta.

En realidad, la palabra “polite” –tanto en inglés como en francés– viene de la palabra griega “polítes” que significa vivir en comunidad, participar de la vida de la “polis” o de la ciudad. Lo contrario a “polites” es “idiótes” que viene del vocablo griego idión (privado), en contraste con el koinón (el elemento común). Como afirma Giovanni Sartori, “de acuerdo con ello, idiótes era un término peyorativo que designaba al que no era polités –un no ciudadano y, en consecuencia, un hombre vulgar, ignorante y sin valor–que sólo se interesaba por sí mismo”. Lo que quiero decir con ello es que la congresista Hildebrandt puede ser una mujer muy instruida pero nada “polite”, mientras que la congresista Supa puede ser una mujer poco instruida (en términos de Martha Hildebrandt), pero muy “polite”.

Martha Hildebrandt ha dicho que la presidencia de Supa en la Comisión de Educación es “casi un burla” puesto que se entrega dicho cargo “a una persona de tan bajo nivel cultural” y que si Supa “fuera una indígena graduada en Oxford (¿lo será la Dra.

Hildebrandt?), yo no me opondría... Es cuestión que no tiene formación intelectual y académica necesaria”. Me parece que estas afirmaciones deben ser discutidas. Sería bueno preguntarle qué entiende y a quién se refiere cuando habla de “bajo nivel cultural”. Si la congresista fujimorista cree que ser culto es tener una “formación intelectual y académica necesaria” se equivoca puesto que puede haber –y de hecho es así– personas cultas que no tengan dicha formación. Además confunde instrucción con cultura. Y si la Dra. Hildebrandt se refiere a la congresista Supa como representante del pueblo indígena, le está negando tanto a la congresista como a ese pueblo, según sus propios términos, un valor cultural. Dicho con otras palabras: “los indios no valen mucho porque son ignorantes”.

Por eso no es extraño que le pida a la congresista Supa que estudie en Oxford, es decir en una universidad (también en una cultura y en una sociedad) totalmente ajena a la cultura indígena. Lo que le está diciendo, porque su cultura no vale mucho, es que Supa deje de ser indígena (tiene que ir a Oxford) para ser culta e instruida. Es decir que sea como ella. El racismo en este caso como en el anterior no puede ser más evidente. La diversidad no es posible porque estamos frente a una persona, además de distinta, desigual. Hildebrandt exige que todos y todas sean como ella. Este racismo se corrobora cuando afirma: “nombren ministro de Salud a un enfermo”. La idea que la congresista Supa es una suerte de “enferma” de la educación es también no solo racista sino radicalmente despreciativa. Los indígenas son, como diría un escritor boliviano”, un “pueblo enfermo”.

Se puede concluir que la Dra. Hildebrandt es, pues, nada “polite” y, por lo tanto, nada “sociable”, si entendemos por ello, como dicen los franceses, la aptitud de los individuos de frecuentar agradablemente a sus semejantes. Ahora bien, si ello es así, cómo podríamos definir (o calificar) a la congresista fujimorista. Esa tarea, porque no quiero dejar de ser “polite”, se la dejo a los lectores.

(*) albertoadrianzen.lamula.pe

Fuente: Diario La República (Perú). Sáb, 11/09/2010.

sábado, 10 de julio de 2010

Concepto de Diplomacia. Reflexión sobre la política exterior de los Estados.

Gonzalo Fernández Puyó

Por: Manuel Rodríguez Cuadros (Ex Canciller del Perú)

La diplomacia es una de las actividades profesionales más crípticas en el imaginario de la opinión pública. Dueña, desde siempre, de los prejuicios más extremos. Flaubert la definía como una “magnífica carrera, pero preñada de dificultades y henchida de misterios”. León Tolstoi asignaba ese temperamento al diplomático Bilibin, uno de los personajes de La Guerra y La Paz que, pragmático, no se preguntaba mucho por el porqué de sus misiones sino sobre el cómo realizarlas.

La diplomacia es una profesión que se eleva sobre el prejuicio de su propia imagen. Es altamente especializada y consiste en elaborar, ejecutar y evaluar la política exterior del Estado en todos los ámbitos de las relaciones externas. En ese sentido es multidisciplinaria, aunque didácticamente se puede diferenciar su campo de acción en tres áreas esenciales: la política-jurídica, la económica, comercial y financiera y la correspondiente a la defensa y la seguridad nacional. Como el diplomático representa los intereses de su Estado y sociedad nacional su trabajo se realiza, esencialmente, en un medio descentralizado: la sociedad internacional. Si hubiese un solo Estado mundial, no habría diplomacia, sino un parlamento universal. Pero como la sociedad internacional la conforman cerca de 200 Estados nación, las relaciones y los procesos de cooperación y conflicto entre ellos se realizan a través de las relaciones exteriores. Y los diplomáticos, que son una suerte de políticos profesionales al servicio del Estado, son los actores fundamentales de la política mundial.

Alejada la profesión del prejuicio, los diplomáticos además de ser analistas y negociadores especializados, deben en lo personal y funcional cultivar algunos valores. Harold Nicolson, en su obra ¿Qué es la diplomacia?, un clásico en la materia, resume esas calidades humanas y funcionales que el diplomático ideal debiera cultivar: la lealtad al Estado y la sociedad que representa; la veracidad y la credibilidad, que constituyen el requisito mínimo y el atributo máximo de la representación y la negociación; la precisión que implica certeza intelectual y moral; el buen carácter que contribuye a una buena reputación e intensifica la credibilidad; la paciencia y calma, que permiten guardar imparcialidad y precisión y, finalmente, la modestia, para no dejarse envanecer y jactarse de las victorias y éxitos, que los hay.

Pocos diplomáticos he conocido en los que estas virtudes se encarnen en forma tan equilibrada como en el caso del embajador Gonzalo Fernández Puyó, cuya vida luego de 92 años se ha apagado el viernes 2 de julio.

Fuente: Diario La Primera. Publicado el 08 de julio del 2010.

Recomendado:

jueves, 13 de mayo de 2010

Concepto de Poderes Fácticos.

Los poderes fácticos

Por: Eddy Romero Meza (Investigador social)

Junto al poder del Estado, existen los poderes “de facto” (de hecho). Estos son ejercidos por personas o instituciones, siendo su influencia determinante en la sociedad. Así, estos poderes (al margen del estado) son fundamentales en la toma de decisiones respecto a la vida política de un país.

Entre los principales poderes fácticos resaltan:

a) La Oligarquía o grupos empresariales
b) Las Fuerzas Armadas
c) La Iglesia
d) Los medios de comunicación masivos
e) Los organismos financieros internacionales
f) Los sindicatos

El poder de estos grupos, radica en el control de ciertos recursos claves de la política: dinero, fuerza, comunicación, fe, etc. La defensa de sus intereses es su razón de ser (lo que no resulta ilegitimo), sin embargo, para ello, se valen muchas veces, de acciones poco democráticas o abiertamente antidemocráticas. Siendo la más común, el apoyo a gobiernos fuertes o dictatoriales.

La historia esta llena de ejemplos de democracias tutelas por los poderes fácticos. Y naturalmente, si evocamos a regímenes dictatoriales (civiles y militares), estos se caracterizaran por sostenerse en dos o más poderes fácticos.

Si tomamos regímenes “democráticos”, como el norteamericano, no es difícil percibir, la enorme influencia que las elites empresariales tienen sobre las políticas económicas de las distintas administraciones. Yendo más lejos, incluso la última guerra de este país, se caracterizó por la fuerte presión de los señores del petróleo y la industria militar, algunos de los cuales ocupan puestos claves en el gobierno.

En América latina y España, el poder tripartito conformado por el Ejército, la Oligarquía y la Iglesia católica, fue la promotora de numerosas dictaduras: Franco, Pinochet, Fujimori, etc.

Sobre el caso particular del Perú, durante la dictadura del Alberto Fujimori, los poderes fácticos afianzaron tanto su capacidad de intervención en el Estado, que hoy es muy dudosa la autonomía de los gobiernos de turno. Durante este régimen, también se hizo patente, la presencia de los Organismos financieros internaciones, como los entes encargados de nuestras políticas económicas.

Actualmente, los medios de comunicación masivos (principalmente la televisión), son determinantes en la agenda del debate público. Su enorme influencia sobre la opinión pública, le otorga una gran capacidad de negociación con los sectores de gobierno. El monopolio de la información, ejercido por grupos empresariales, hoy sostiene a muchos gobiernos (especialmente conservadores).

El peligro de los poderes fácticos, en muchos países, proviene de su desvinculación al bienestar colectivo y su desdén hacia la democracia liberal. Su intervención directa sobre las políticas de gobierno, lo convierten en un poder supra electoral, ajeno a lo que verdaderamente desean los ciudadanos.

jueves, 1 de abril de 2010

Concepto de Democracia Procedimental.

La democracia procedimental

Eduardo Sanguinetti (Filósofo)

El concepto de democracia como portadora de valores dice representar: igualdad de oportunidades, derechos humanos, libre expresión, igualdad ante la ley. Pero por otro, muestran a las claras que no existe una teoría unificada de la democracia: nombres como Rousseau, Burke, Paine, Hamilton, Tocqueville et alia son expositores incuestionados y no concordantes entre sí.

Esta carencia, esta falta de una teoría de la democracia no ha sido hasta ahora, suficientemente puesta de relieve. Ello permitió, como sucedió con los gobiernos marxistas o las diferentes dictaduras en Nuestra América, que los regímenes antidemocráticos se hayan aprovechado de esta falta de una teoría unificada de la democracia para presentarse como tales. Sea como democracias populares en el caso del comunismo, sea como democracias fuertes en el caso de nuestros dictadores de escaparate.

Mucho se ha escrito acerca de los rasgos diferenciales de los dos concepciones de democracia: la liberal y la social, y creo no vale la pena abundar en ello. Pero hay algo en lo que ambas coinciden, más allá del sistema electoral: un hombre un voto: un voto "obligatorio" (aberración que esclaviza al ciudadano harto de corruptela a concurrir a las urnas a votarse a sí mismo pues la oferta de candidatos es espantosa, y una pena caerá sobre él si así no lo hace), y es que ambas predican la realización, la plasmación de valores tales como soberanía popular, derechos humanos, igualdad de oportunidades, libre expresión, etc. Y estos valores, han sido causa de grandes luchas políticas en busca de su implementación. Pues bien, asistimos a un cambio sustancial del concepto de democracia, ella dejó paulatinamente de lado ese núcleo vital de valores a preferir, para reducirse a una maquinaria de gobierno, a una democracia procedimental. Ya no más predicación de valores, lo que supone preferir lo sustancial y posponer lo aleatorio. Para esta nueva democracia sólo vale que el procedimiento sea coincidente con el sistema de normas. La corrupción que pulula por todas partes se produce cuando el sistema normativo cae en desuso. Nos hemos transformado en sociedades anónimas. No interesa ya que 15 millones de argentinos o 200 millones de iberoamericanos o toda el Africa subsahariana vivan debajo de la línea de pobreza, lo que interesa es que el "procedimiento democrático" se cumpla. Esto es la democracia reducida a maquinaria procesal.

La democracia procedimental que carece de todo contenido ético a la que no interesa la defensa de ningún valor, salvo la coherencia con las normas del sistema de poder. Ahora bien, si esas normas, por diferentes causas, conllevan un contenido injusto, antiético o perverso ello no interesa, porque la democracia procedimental no hace, como lo hacían sus predecesoras, la liberal y la social, predicación de contenidos éticos. Esta democracia es a la política lo que la filosofía analítica es a la filosofía dado que a esta corriente filosófica lo que le interesa es la consistencia de los enunciados y no su contenido de verdad o falsedad. No hace predicación de existencia.

La democracia se limita a un simple procedimiento, es un formalismo que, eso si, hay que cumplir a raja tabla. Como el dogma es que al poder sólo se accede por el voto, el cómo se consiga, no interesa. La conservación del poder se realiza a través de una reelección perpetua con constituciones ad hoc, el cómo se logre, no se cuestiona.

Asistimos en nuestros días a la despersonalización de la política. Los políticos son reemplazados rápidamente por los tecnócratas al estar la política subordinada a la economía. Y los tecnócratas, esto es, los políticos procedimentales, no tienen pasado en el campo de lo político. Al menos el político tradicional tenía que dar a su clientela política alguna explicación de sus actos, el tecnócrata no da razones, sólo beneficios a quien le paga. Los grandes actos de corrupción de estos últimos años en Argentina, fueron llevados a cabo por tecnócratas que asesoraban a los políticos procedimentales. Para el neoliberalismo procedimental no tiene importancia la inclusión de las mayorías en el mercado de trabajo ni de consumo. Su lógica es la de la exclusión y así, descarta mano de obra y mayores de consumidores. No le interesa generar mayores fuentes de trabajo -que siempre traen problemas y costos- sino, concentrar dinero en menor numero de consumidores, que compensan con sus abultadas compras el mayor número de clientes, antes buscados.

En la democracia procedimental de nuestros días esta lógica de la exclusión funciona concentrando el poder político y económico en muy pocas manos. Así los funcionarios cuando renuncian o son renunciados no se retiran, como antaño, a sus casas, sino que son reubicados en otros puestos. La concentración de poder y riqueza destruye rápidamente la clase media creando una sociedad de dos velocidades: los muy ricos y los muy pobres, cumpliéndose así el principio que dice: a mayor privatización de la riqueza, mayor socialización de la pobreza.

En la democracia procedimental, el estado, vaciado de todos sus aparatos de poder, vía privatización de las empresas publicas, vía anulación de sus reparticiones, dejó de lado los tres principios que lo constituían: la idea de bien común como principio de finalidad; la idea de solidaridad como principio de integración y la idea de subsidiariedad como principio supletivo. Quedando así reducido a simple "regulador de los contratos jurídicos y a represor de los sectores descontentos" . No llega ni siquiera, como en el antiguo capitalismo liberal, a estado gendarme que garantizaba la seguridad de las personas y la propiedad privada. Hoy la seguridad es "cosa privada" y la propiedad privada esta "socializada en barrios privados", esos castillos modernos sitiados por barrios paupérrimos.

Jean Jacques Rousseau, teórico indiscutido de la democracia liberal, escribió dos suplementos al Contrato Social referidos a la forma de gobierno que deberían darse Polonia y Córcega, donde hace hincapié sobre la importancia que debe otorgársele a la historia, las costumbres, la economía y la educación de cada pueblo antes de establecer cualquier maquinaria de gobierno. Esto no sólo no ha sido tenido en cuenta por el liberalismo político sino, lo que es mas pernicioso aún, es absolutamente ignorado por la democracia procedimental.

Este desarraigo brutal del régimen político por antonomasia de nuestros días provoca contradicciones tremendas que se manifiestan como injusticias flagrantes y permanentes ante la cual a los perjudicados, que son las grandes mayorías, sólo les queda la resignación o la reacción violenta. Existe también una tercera vía, mucho más árida, lenta y esforzada que es trabajar en la formación de cuadros políticos munidos de convicciones axiológicas. Una tarea eminentemente metapolítica.

Fuente: La República (Uruguay). Lunes, 09 de julio, 2007.